
La AEPD lo deja claro: usar la huella digital en el trabajo es tratar datos biométricos sensibles
Incluso si no se almacena la imagen de la huella, una plantilla matemática que permite identificar al empleado es un dato personal conforme al RGPD En un contexto en el que cada vez más empresas incorporan sistemas biométricos para fichaje y control de acceso, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha emitido un recordatorio de gran calado jurídico y tecnológico: el uso de la huella digital, aunque se limite a una representación matemática y no se almacene la imagen en sí, implica un tratamiento de datos personales biométricos sensibles conforme al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Así lo establece la resolución PS-00432/2023, en la que se analiza el caso de una empresa que implantó un sistema